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fenómeno existencial

Definition:
existenziale Phänomen

Que la «empatía» no sea un FENÓMENO EXISTENCIAL originario, como tampoco lo es el conocer en general, no significa empero que no haya problemas respecto de ella. Su particular hermenéutica tendrá que mostrar que las diferentes posibilidades de ser del Dasein mismo falsean y deforman el convivir y el correspondiente conocimiento mutuo, impidiendo surgir una auténtica «comprensión» y haciendo que el Dasein se refugie en sucedáneos; tendrá que mostrar también cuál es la condición existencial positiva que presupone la posibilidad de la correcta comprensión de los otros. El análisis ha hecho ver que el coestar es un constitutivo existencial del estar-en-el-mundo. La coexistencia se muestra como un peculiar modo de ser del ente que comparece dentro del mundo. Por el mero hecho de ser, el Dasein tiene el modo de ser del convivir. Éste no puede concebirse como consecuencia del hacerse presente de varios «sujetos». Sólo es posible encontrar un cierto número de «sujetos» cuando los otros, que comparecen primeramente en cuanto coexistentes, son tratados meramente como «números». Semejante «número» de sujetos sólo se descubre por medio de un determinado ser con y para los otros. Este «irrespetuoso» coestar «cuenta» con los otros, sin «contar en serio con» ellos y sin que tampoco quiera «tener que ver» con ellos. STJR §26

La teoría del «juicio» inspirada hoy predominantemente en el fenómeno de la «validez» no podrá ser discutida aquí en forma detallada. Contentémonos con señalar el carácter en muchos sentidos problemático de este fenómeno de la «validez», que es considerado desde la época de Lotze como un «protofenómeno» irreductible. Esta condición la debe ese fenómeno únicamente a su falta de claridad ontológica. No menos oscura es la «problemática» que ha echado raíces en torno a este ídolo verbal. «Validez» mienta, en primer lugar, la «forma» de la realidad que es propia del contenido del juicio en tanto que éste se mantiene inalterable frente al cambiante proceso «psíquico» del juzgar. En el estado actual de la pregunta por el ser, que fue descrito en la Introducción de este tratado, difícilmente podrá esperarse que la «validez», en cuanto «ser ideal», se destaque por una particular claridad ontológica. «Validez» significa también la vigencia del sentido del juicio válido, respecto del «objeto» mentado en él, y adquiere así la significación de validez objetiva y de objetividad en general. El sentido que de esta manera «vale» del ente, y que es «intemporalmente» valedero en sí mismo, «vale», además, en el sentido del valor para todo el que juzga racionalmente. «Validez» quiere decir ahora carácter vinculativo [Verbindlichkeit], «validez universal». Y si además de todo ello se sostiene una teoría «crítica» del conocimiento, según la cual el sujeto «propiamente» no «sale» hacia el objeto, entonces la validez, en cuanto validez del objeto, objetividad, se funda en la consistencia valedera del verdadero (!) sentido. Las tres significaciones del «valer» aquí expuestas, esto es, del valer en cuanto manera de ser de lo ideal, en cuanto objetividad y en cuanto carácter vinculativo, no sólo carecen en sí mismas de transparencia, sino que se confunden constantemente enredándose entre sí. La prudencia metodológica exige que no se tomen como hilo conductor de la interpretación conceptos tan iridiscentes. No restringiremos de antemano el concepto de sentido a la significación de «contenido del juicio», sino que lo entenderemos como el FENÓMENO EXISTENCIAL ya caracterizado en el que se hace visible la estructura formal de lo que puede ser abierto en el comprender y articulado en la interpretación. STJR §33

Como una disposición afectiva que satisface estas exigencias metodológicas, se pondrá a la base del análisis el fenómeno de la angustia. La elaboración de esta disposición afectiva fundamental y la caracterización ontológica de lo abierto en ella en cuanto tal, arrancará del fenómeno de la caída y delimitará la angustia frente al fenómeno afín del miedo, analizado más arriba. La angustia, en cuanto posibilidad de ser del Dasein, junto con presentar al Dasein mismo en ella abierto, presenta también el fundamento fenoménico para la captación explícita de la totalidad originaria del ser del Dasein. Este ser se revelará como cuidado. La elaboración ontológica de este FENÓMENO EXISTENCIAL fundamental exige una delimitación frente a ciertos fenómenos que a primera vista podrían ser identificados con el cuidado. Tales fenómenos son la voluntad, el deseo, la inclinación y el impulso. El cuidado no puede ser derivado de ellos, puesto que ellos mismos están fundados en aquél. STJR §39

La resistencia tampoco es experimentada en un impulso o voluntad que se «presenten» aisladamente. El impulso y la voluntad se revelan como modificaciones del cuidado. Sólo un ente que tiene este modo de ser es capaz de tropezar con lo resistente como algo intramundano. Cuando se determina, por consiguiente, la realidad por la resistentidad, es necesario hacer una doble observación: en primer lugar, que con ello sólo se ha encontrado uno de los caracteres de la realidad entre otros; y luego, que para la resistentidad ya se ha supuesto necesariamente un mundo abierto. La resistencia caracteriza al «mundo exterior», en el sentido del ente intramundano, pero nunca en el sentido del mundo. La «conciencia de la realidad» es – ella misma – un modo del estar-en-el-mundo. Toda «problemática del mundo exterior» remite necesariamente a este FENÓMENO EXISTENCIAL fundamental. STJR §43

El FENÓMENO EXISTENCIAL del estar al descubierto, fundado en la aperturidad del Dasein, se convierte en una propiedad simplemente presente, que aún lleva consigo un carácter relacional y que en cuanto tal, queda dislocada en una relación entre cosas que están-ahí. La verdad como aperturidad y como estar vuelto descubridor hacia el ente descubierto, se ha convertido en verdad entendida como concordancia entre entes que están-ahí dentro del mundo. Con ello queda demostrado el carácter ontológicamente derivado del concepto tradicional de verdad. STJR §44

Pero, si el «terminar» en cuanto morir constituye la integridad del Dasein, entonces el ser de la integridad misma tiene que ser concebido como FENÓMENO EXISTENCIAL del Dasein cada vez propio. En el «terminar» y en el estar-entero del Dasein constituido por aquél no ha lugar, por esencia, ninguna sustitución. La salida propuesta desconoce este hecho existencial cuando toma el morir de los otros como tema sucedáneo para el análisis de la integridad. STJR §47

De esta manera, el intento de hacer accesible de un modo fenoménicamente adecuado el estar-entero del Dasein ha vuelto a fracasar. Pero el resultado de estas reflexiones no es meramente negativo. Aunque en forma elemental, ellas se hicieron con la vista puesta en los fenómenos. La muerte ha sido señalada como FENÓMENO EXISTENCIAL. Con esto la investigación recibe una orientación puramente existencial hacia el Dasein cada vez propio. Para el análisis de la muerte en tanto que morir, sólo queda la posibilidad de llevar este fenómeno a un concepto puramente existencial; de otro modo, habría que renunciar a su comprensión ontológica. STJR §47

Para la interpretación ontológica del fenómeno de la culpa no bastan los conceptos, por lo demás poco transparentes, de privación y deficiencia, si bien, considerados de un modo suficientemente formal, ellos admiten una muy vasta aplicación. Y menos aun es posible acercarse al FENÓMENO EXISTENCIAL de la culpa orientándose por la idea del mal, malum, como privatio boni. En efecto, tanto el bonum como la privatio derivan ontológicamente de la ontología de lo que está-ahí, la que también sustenta la idea del «valor», extraída de aquéllos. STJR §58

Aquello a lo que la resolución se resuelve está ontológicamente bosquejado en la existencialidad del Dasein en cuanto tal como un poder-ser en el modo de la solicitud ocupada. El Dasein, empero, está determinado como cuidado por la facticidad y la caída. Estando abierto en su «Ahí», el Dasein se mueve con igual originariedad en la verdad y en la no-verdad. Esto vale «propiamente» justo de la resolución en cuanto modo propio de la verdad. La resolución hace suya en forma propia la no-verdad. El Dasein está desde siempre, y volverá quizás a estar de nuevo, en la irresolución. Este término no hace más que expresar el fenómeno que anteriormente interpretamos como el estar entregado al dominio del estado interpretativo del uno. El Dasein como uno-mismo es «vivido» en la ambigüedad de la comprensión común de lo público, en donde nadie se resuelve, y donde, sin embargo, ya todo está siempre decidido. La resolución significa dejarse despertar desde la pérdida en el uno. La irresolución del uno se mantiene empero vigente, aunque ella ya no puede contrariar a la existencia resuelta. La irresolución, como antítesis de la resolución existencialmente comprendida, no mienta un estado psíquico óntico, en el sentido de un estar afectado por inhibiciones. También el acto resolutorio tiene que contar con el uno y su mundo. Comprender esto forma parte de lo que él abre, puesto que sólo la resolución le da al Dasein su auténtica transparencia. En la resolución le va al Dasein su más propio poder-ser que, en cuanto arrojado, sólo puede proyectarse hacia determinadas posibilidades fácticas. El acto resolutorio no se substrae a la «realidad», sino que descubre por vez primera lo fácticamente posible, y lo descubre de un modo tal que lo asume como aquello que, en cuanto poder-ser más propio, es posible en el uno. La determinación existencial del cada vez posible Dasein resuelto, abarca los momentos constitutivos de aquel FENÓMENO EXISTENCIAL, hasta ahora pasado por alto, que nosotros llamamos situación. STJR §60

Submitted on 18.07.2021 22:30
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